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Código Financiero Artículo 154 ter Estado de Veracruz


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Financiero Veracruz
Artículo 154 ter.

La programación y presupuestación del gasto público se realizará con base en:

I.Las acciones de las Unidades Presupuestales que emanen como resultado de la fase de Planeación;

II.El resultado que arroje el seguimiento, control y evaluación de los indicadores de desempeño y el ejercicio del gasto de cada uno de los Programas Presupuestarios y Actividades Institucionales, y

III.El diagnóstico económico y financiero que para el ejercicio correspondiente formule la Secretaría.

La Secretaría difundirá a las Unidades Presupuestales los documentos y metodologías relativos a la programación  y presupuestación  del  gasto  público,  derivados  de  este  Código,  de  la  Ley de

Contabilidad, de la ley de Disciplina y demás disposiciones aplicables.



Estado de Veracruz Artículo 154 ter Código Financiero
Artículo 1 ...154 154 bis 154 ter 155 156 ...348

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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias


Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?


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Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


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