Código Financiero Artículo 154 ter Estado de Veracruz
Código Financiero Veracruz
Artículo 154 ter.
La programación y presupuestación del gasto público se realizará con base en:
I.Las acciones de las Unidades Presupuestales que emanen como resultado de la fase de Planeación;
II.El resultado que arroje el seguimiento, control y evaluación de los indicadores de desempeño y el ejercicio del gasto de cada uno de los Programas Presupuestarios y Actividades Institucionales, y
III.El diagnóstico económico y financiero que para el ejercicio correspondiente formule la Secretaría.
La Secretaría difundirá a las Unidades Presupuestales los documentos y metodologías relativos a la programación y presupuestación del gasto público, derivados de este Código, de la Ley de
Contabilidad, de la ley de Disciplina y demás disposiciones aplicables.
Estado de Veracruz Artículo 154 ter Código Financiero
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Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
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